Con la aprobación del nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios el pasado mes de diciembre de 2017 se ha realizado un paso importante en el sector. El nuevo reglamento impone medidas más estrictas tanto para fabricantes y empresas instaladoras y/o mantenedoras como para los representantes, propietarios y/o titulares de las instalaciones. Hemos querido sintetizar la nueva normativa enfocada en el sector residencial y administradores de fincas para resolver algunas dudas.
Con esto además instamos a los representantes (administradores de fincas), propietarios, a que soliciten toda la documentación necesaria para garantizar que las instalaciones y/o mantenimientos son realizados por empresas debidamente homologadas y certificadas y que cumplen con todos los requisitos necesarios.
Eviten por su seguridad y por su responsabilidad la contratación de empresas piratas : «En el mantenimiento de aparatos y sistemas de protección de incendios existe la figura de los piratas, que suelen disponer de una empresa habilitada que les da cobertura.»
Para poder ejercer las funciones de empresa instaladora, la empresa deberá cumplir los siguientes requisitos:
1. ¿Que requisitos tienen que cumplir las empresas instaladoras y mantenedoras para poder realizar y certificar los mantenimientos? – ¡¡¡PIDAN LA DOCUMENTACIÓN y ASEGÚRENSEN !!!
- Contar con un SRC (Seguro Responsabilidad Civil) mínimo de 800.000€. Incrementa respecto al RIPCI anterior.
- Disponer de la documentación que identifique a la empresa instaladora, que, en el caso de ser persona jurídica, deberá estar constituida legalmente.
- Disponer de los medios técnicos necesarios para el desarrollo de su actividad, en condiciones de seguridad. (Infraestructura, maquinaria, etc.)
- Disponer de un certificado de calidad del sistema de gestión de calidad ISO 9001:2015. De no tenerlo «NO ESTÁN HABILITADAS PARA TRABAJAR EN PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS»
- La empresa instaladora y/o mantenedora deberá de tener contratado como mínimo un responsable técnico de la empresa, en posesión de un título de escuelas técnicas universitaria.
- El personal tiene que acreditar solvencia técnica, experiencia o formación.
2. ¿En que afecta a mi comunidad de propietarios?
- El alumbrado de emergencia, debe ser mantenido de acuerdo a RETB y la empresa debe de tener la autorización de industria como empresa autorizada para realizar trabajos de Baja Tensión.
- La empresa que tenga suscrito el contrato de mantenimiento tendrá que entregar de manera obligatoria un informe técnico al titular de la instalación en el que se informa de equipos o sistemas que no cumplan o que no ofrezcan una garantía para su correcto funcionamiento.
- La empresa que tenga suscrito el contrato de mantenimiento deberá emitir certificado de mantenimiento en el que consten las pruebas realizadas a cada equipo/sistema.
- Mantenimiento trimestral obligatorio. A realizar o bien por la propiedad / titular de la instalación o empresa mantenedora. Se deberán de elaborar unas actas firmadas por empresa mantenedora y propiedad / titular.
El intrusismo acapara ya el 40% del negocio de los instaladores de la Comunidad Valenciana.
«El instrusismo está saliendo caro porque pasa factura a las empresas y está empezando a causar daños irreparables e, incluso, a costar vidas”
«También exigen mayor concienciación ciudadana y poder denunciar anónimamente a las empresas que actúan dentro de la economía sumergida»
Texto completo en el enlace: http://valenciaplaza.com/el-intrusismo-profesional-afecta-al-40-de-las-empresas-del-metal-segun-femeval