Miles de puertas instaladas en Garajes, Urbanizaciones, Edificios etc, no cumplen con la normativa de marcado CE obligatoria desde el 1 de Mayo de 2005. Descarga o visualiza Guia Marcado CE web
¿Quién es el responsable en caso de accidente?
El marcado CE es una exigencia lega para que se puedan comercializar las puertas industriales, de garaje y portones que establece el cumplimiento de unos requisitos mínimos relacionados con la seguridad cuya responsabilidad es del propietario que tendrá que responder de las consecuencias según lo que establezca el código civil y la ley de propiedad horizontal.
¿Qué problemas suelen tener los propietarios en caso de accidente?
Un ejemplo típico es cuando se produce un accidente en una comunidad de propietarios de un vehículo que colisiona con una puerta. La compañía aseguradora nos puede comunicar que no cubre los costes porque la puerta no está homologada y es el cliente quien se debe hacer cargo de la cuantía. En caso de que hayan posibles accidentes con personas, estas cuantías pueden ser inasumibles.
¿Qué deben hacer los propietarios para cumplir la ley?
El propietario debe asegurar que la puerta cumple con la ley a través de una empresa autorizada que cumpla con las exigencias técnicas de la legislación. En este caso cuando el cliente adquiere una puerta nueva, es el Fabricante quien le debe justificar a través de la documentación, marcado CE, declaración de prestaciones y libro de mantenimiento que la puerta es conforme. Y en caso de que tengamos una puerta instalada (en especial puertas automáticas) la empresa debe hacernos una adaptación a la normativa y justificarnos esta adaptación a través de la documentación.
¿Todas las empresas cumplen con la normativa?
No todas las empresas cumplen con la normativa porque deben de asegurarnos que tienen la capacidad técnica junto con la competencia. Siempre, en todos los casos hay que contactar con una empresa homologada.
Texto extraído de una publicación de FEMPA (Federación Empresarios del Metal de la provincia de Alicante).